Micelio
Auto17 de agosto de 2022

A- de 2022

Ponente José Fernando Reyes Cuartas

Demandante Instituto Colombiano De Bienestar Familiar Icbf·Demandado Fundacion Universal De Servicios Integrales Y Otros

Tema · dato duro
Proceso Ejecutivo De Obligaciones Emanadas De Providencia Judicial.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Competencia De La Jurisdicción Ordinaria
  • Procesos ejecutivos de obligaciones emanadas de providencia judicial
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto negativo de jurisdicción entre el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Tunja y el Juzgado Noveno Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad.

Dicha controversia se originó en relación con la autoridad competente para conocer el proceso ejecutivo promovido por el ICBF contra los integrantes del Consorcio Alimentar por Boyacá.

La demanda tiene como propósito que se libre mandamiento de pago contra estas personas, debido a las sumas que se vio obligado a pagar el ICBF en cumplimiento de la condena impuesta por el Juzgado Tercero Laboral del Circuito de Tunja, dentro de un proceso ordinario laboral.

Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones, la Sala dirime el presente conflicto, con fundamento en la regla del Auto 648 de 2022, según la cual, corresponde a la jurisdicción ordinaria conocer las demandas en las que se reclama ejecutivamente el pago de una obligación contenida en una sentencia proferida por esa jurisdicción.

En consecuencia, declara que el Juzgado Segundo Laboral del Circuito de Tunja es la autoridad competente para conocer del proceso promovido por el ICBF, a quien remite el expediente para que proceda con lo de su competencia y comunique la decisión a los interesados.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicción suscitado entre el Juzgado
  2. Segundo. Laboral del Circuito de Tunja y el Juzgado
  3. Noveno. Administrativo Oral del Circuito de la misma ciudad, en el sentido de DECLARAR que el Juzgado
  4. Segundo. Laboral del Circuito de Tunja es la autoridad competente para conocer del proceso presentado por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar contra la Fundación Universal de Servicios Integrales - FUSI, la Corporación Alianza Caribe (antes Corporación Sol Naciente) y la Fundación Camino a la Prosperidad - Funcapro (integrantes del Consorcio Alimentar por Boyacá).
  5. Segundo. Por intermedio de la Secretaría General, REMITIR el expediente CJU-1658 al Juzgado
  6. Segundo. Laboral del Circuito de Tunja, para que proceda con lo de su competencia y comunique la presente decisión a los interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por0
Ninguna providencia la cita todavía.

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.